Subvención de la Xunta de Galicia para implantar una tienda virtual / tienda online con pasarela de pago para su empresa

Usted solo tendrá que pagar una vez que se sepa que le conceden la subvención y decida seguir adelante.

Orientadas al sector comerciante minorista y artesanal gallego. Para los comerciantes minoristas y titulares de Obradoiros artesanales cuya actividad se realice en la comunidad autónoma de Galicia.

Al final del artículo verá una relación de Epígrafes del IAE (Actividades) en las que usted tendrá que estar inscrito para poder acceder a la subvención.

Deberá tener en cuenta que esta subvención no es compatible con otra subvenciones si ya se las concedieron en el año 2015

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Plazos

El plazo final para la entrega de la documentación para la solicitud de la subvención es hasta el 11 de Marzo de 2015.

El plazo para la notificación de la concesión de la subvención es de 5 meses contados a partir del día 11 de Marzo de 2015.

El plazo final para la finalización de la tienda virtual / tienda online y su correspondiente pago mediante factura es desde el 1 de Enero de 2015 hasta el 10 de Octubre de 2015.

Aplicación presupuestaria

Mejora competitiva del comercio minorista.

Renovación comercio minorista, fomento del emprendimiento y regeneración comercial

Mejora competitiva del comercio minorista.

Apoyo a la modernización e innovación de las pymes comerciales.

Beneficiarios

Comerciantes minoristas que desarrollen su actividad comercial en Galicia y, asimismo, su domicilio social y fiscal radique en la Comunidad Autónoma.

Comerciantes minoristas que, teniendo la condición de pyme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003 (DOUE 124, de 20 de mayo, p. 36), empleen a menos de diez (10) trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.

Comerciantes minoristas que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que éste constituya la actividad principal del solicitante.

Comerciantes minoristas que figuren inscritos en el Registro Gallego de Comercio o tener solicitada la inscripción con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las secciones del Registro en las que deberá inscribirse o estar inscritos son:

Titulares de talleres artesanales:

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Documentación necesaria para la presentación por la propia persona ( persona física )

Certificación expedida por la Agencia Tributaria en la cual se indiquen los epígrafes del impuesto de actividades económicas en que figura dada de alta la entidad solicitante. Si está dado de alta en más de una actividad económica, justificar cual de ellas es la principal.

Informe emitido por la Seguridad Social de vida laboral con todos lo códigos de cuenta de cotización del solicitante o, en su caso, certificación de la Seguridad Social de no existencia de trabajadores.

Proyecto y memoria de viabilidad de cada una de las actuaciones para las cuales se solicita subvención, que incluirá su descripción, objetivos y valoración económica de las actuaciones que se pretenden ejecutar.

"Facturas pro forma" o "presupuesto detallado" de gastos previstos para la realización de cada una de las actividades o adquisiciones para las cuales se solicita subvención.

Solo para incrementar las posibilidades de que su subvención sea aceptada ( en ningún caso obligatorios ):

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Epígrafes del IAE subvencionables

Por favor compruebe que está inscrito en alguno de los siguientes epígrafes:

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Convocatoria, DOG - Diario Oficial de Galicia

Miércoles, 11 de febrero de 2015, Número 28, Página 6041

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